jueves, 8 de mayo de 2008

Asignacion de Evaluaciòn Escrita

Estimado Estudiante:

De acuerdo a la asignaciòn de los articulos dados en la sesiòn correspondiente al 06-05-08, se le instruye lo siguiente:

1) Incluir portada con los datos de todos los integrantes del equipo
2) Hacer el anàlisis de cada artìculo de la Ley Organica del Còdigo Organico Tributario de acuerdo a lo que corresponde en cada equipo.
3) No olvide leer los articulos 1 al 13 los cuales le daran la herramienta bàsica para desarrollar los articulos correspondientes
49 La fecha maxima de entrega el dia 12-05-08, a las 10 am, No Hay pròrroga.

PROXIMA CLASE DEL DIA 13-05-08: Llevar el Diccionario asignado en clase.

Muchas Gracias-

Pensamiento: "El que hace bien su trabajo, se contarà entre los grandes"-

5 comentarios:

ellinoys espinoza dijo...

hola buenas tarde profesora soy estudiante de economia 3 septimo termino de economia social, de la unefa. un coordial saludo y espero que este bien

ellinoys espinoza dijo...

Republica Bolivariana de Venezula
Ministerio del Poder Popular para la Defensa
UNEFA, San Felipe_Yaracuy

Codigo Organico Tributario


Emprendedoras:
Bravos Norkis 16973613
Espinoza Ellinoys 17699911
Navas Yiset 19217817
Perez Yexeri 18546073
Reyes Jhoriana 17612131
Economia social VII TERMINO
seccion 3
San Felipe, 14 de Mayo 2008

Seccion Tercera
De Los Responsable

Articulo 25,26,27

Analisis:

Art 25: El sujeto pasivo es la persona obligada a cumplir con sus responsabilidades tributarias, y es responsable por disposiciòn del codigo organico tributario cumplir con cada una de las atribuciones impartida con relaciòn a los contribuyente. ya el tenga o no caracter de contribuyente, y este lo hace en forma solidaria.

es decir que aunque el sujeto no tenga caracter de contribuyente igual debe cumplir con las obligaciones que estipula la ley.

Art 26: Al hacerse responsable el sujeto pasivo tendra la obligaciòn de exigirle al contribuyente el reintegro del dinero de acuerdo a los tributos recaudados por el contribuyente.

Art 27: Estos agentes responsables y asignados por la ley pueden ser en calidad de retencion, o percepciòn. Es decir que ellos estan en plena obligaciòn de retener los tributos del contribuyente y del redirle cuenta al ente fisco.

Luis Sanchez, Alias Gabo dijo...

Republica Bolivariana de venezuela
Ministerio del Poder Popular para la defenza
UNEFA
San Felipe-Edo Yaracuy


Codigo Organico Tributario


Emprendedores:
Almeron jose CI:17255504
Burgos Douglas CI:17700004
Corona Yolman CI:8516064
Sanchez Luis CI:16951568
Palermo Anderson CI:17256405

SECCION:3
Economia social VII
San Felipe, 14 de mayo 2008


Titulo II
De La Obligacion Tributaria
Capitulo I
Disposiciones Generales

Articulos, 13,14,15


Analisis:

Art13: Las obligaciones tributarias nacen o surgen en el estado a traves de las discusiones y expresiones del poder publico, siempre y cuando el presupuesto de los sujetos pasivos les permitan tener obligaciones tributarias con el estado. Y es legal porque tiene entidades presupuestarias.


Art14: El estado apoya y no apoya algunos establecimientos comerciales, esto quiere decir que el estado interviene en el pago del impuesto sobre la renta, en aquellos establecimientos que sus activos son mayores que los pasivos. Con respecto a los que poseen franquisias.


Art15: Las oblifaciones tributarias de un sujeto pasivo no seran afectada siempre y cuando tenga los resultdos verificado, para aprobar que su presupuesto es insufisiente para la cancelacion de varias rentas o impuestos. Sino que su presupuesto es suficiente para pagar una sola renta, como por ejemplo al cancelar la patente esta constribuyendo con la nacion.

Nairuby dijo...

República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder
Popular Para la Defensa
Universidad Nacional
Experimental de la Fuerza Armada
(U.N.E.F.A.)
Extensión San Felipe
Núcleo Yaracuy.



Analisis De Articulos
Còdigo Orgánico Tributario



EMPRENDEDORES:
González Elizabeth C.I.: 13.986.985
Inojosa Ana C.I.: 16.594.384
Tovar Leidy C.I.: 12.281.502
Rodríguez José Jesús C.I:16.110.329
Silva Nairuby C.I.: 16.111.553
Lic. Economía Social
Sección # 3 VII Termino
Facilitador: Econ. Mercedes Parra


TITULO II: DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
CAPITULO III DEL SUJETO PASIVO
SEGUNDA SECCIÓN: DE LOS CONTRIBUYENTES


•Articulo 22:
Todo Ciudadano(a) que dictamine el Código Orgánico Tributario debe pagar su impuestos y todos sus cumplimientos de las prestaciones tributarias, dicha condiciones debe recaer en los hombres y mujeres, en las empresas privada y publicas, negocios, microempresas, cooperativas, asociaciones civiles, compañías anónimas, y a todas aquellos ente que cumplan un acto de comercio.

•Articulo 23:

Serán impuestos, regidos y obligado por este Código los Ciudadanos (a) cuyos cumplimientos de los deberes formales cumplen con el deber de pagar los impuestos.

•Articulo 24:

Los pagos de los tributos, los derechos y obligaciones del ciudadano(a) ya occiso, serán, ejercidos y cumplido por el heredero sin una decisión previa al beneficio de inventario y también transmitido al sucesor por medio del legado serán ejercido por el.
En caso que no cumplan asumirá cualquier beneficio o responsabilidad de carácter tributario que corresponda a las sociedades fusionadas.

TÉRMINOS:
*Contribuyentes: Ciudadano(a) que cumple con el deber del impuesto o tributo que se impone a todo ciudadano para atender las necesidades del estado.
*Legatario: El sucesor a titulo singular, a diferencia del heredero que es titulo universal.
*Titulo Singular: El que se refiere a la adquisición o transmisión de un derecho o cosa en particular, como la generalidad de las relaciones jurídicas entre vivos. Dentro de las motriz, causas, la transmisión a titulo singular se denomina legado.
*Titulo Universal: El que determina la transmisión o adquisición de una universalidad de derecho, lo cual se halla muy restringido o discutido ahora entre mimos pero que mortis, causas, constituye la sucesión como heredero.
*Beneficio de Inventario: A fin de no obligarse #al pago de deudas de la herencia ni al de los legados, sino hasta la concurrencia del valor de los bienes que haya tomado”, de libarse de unas y otras abandonando los bienes hereditarios a los acreedores y legatarios de que no confundan sus bienes personales con los de la herencia y conservar contra ella el derecho de obtener el pago de sus propios créditos. El heredero puede declarar por escrito ante el Juez de Primera instancia del lugar donde se abrió la sucesión que tomaré este carácter bajo beneficio de inventario.
*Sujeto Pasivo: Obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias. Es la víctima quien en su persona, derechos o bines, o en los de los suyos, ha padecido una ofensa penada en la Ley y punible por el sujeto activo.
*Persona física: El hombre y la mujer como sujeto de derechos y obligaciones.
*Derecho Privado: Por aposición y en lo comparativo, se trata del mismo en la voz derecho privado.
*Perjuicio: Juicio previo, decisión permuta. Opinión preconcebida generalmente negativa, hacia algo o alguien.
*Sujeto de Derecho: La persona humana o física, jurídica o colectiva. El sujeto Derecho puede ser activo como el titular de derecho real o el acreedor de las obligaciones personales, o pasivo, el deudor el obligado a una prestación o a una omisión, quin debe soportar o respetar de un derecho ajeno.

Jhonris dijo...

Republica Bolivariana De Venezuela
Ministerio de la Defensa
U.N.E.F.A


ECONOMIA SOCIAL 4
Elaborado por:
Marín Sorimaberth
López Raiza
Garrido Iris
Gimenez José
Gutiérrez Edwin


TALLER DE FISCAL II

1- Concepto de licitación: La licitación consiste en un procedimiento administrativo donde los organismos públicos eligen a una persona ya sea física o jurídica, debido a que esta ofrece una mejor oferta en cuanto al precio de algún bien o que este proporcione las mejores condiciones para el estado.

2- Diferencias entre licitación, organismo licitante y licitante

a) Licitación
1. Es el proceso como tal de subasta
2.Puede ir dirigido a cualquier persona ya sea física o jurídica nacional o extranjera

b) Organismo Licitante
1. Es el ente público que realiza la licitación
2.Este ente se encarga del proceso de licitación actuando en ejercicio de función administrativa

c) Licitante
1. Es la persona que presenta sus propuestas
Es elegido por la mejor propuesta que formule

3- Concepto de afianzar: Acto por medio del cual el importador u otro usuario del Comercio Exterior de un país o representado por el Despachador de Aduana, cauciona o resguarda los intereses del Estado al retirar de la Potestad Aduanera mercancías no nacionalizadas bajo Régimen Suspensivo de Derechos de Pago Diferido, sin que a esa fecha se hayan cancelado los derechos arancelarios y otros impuestos
Prestar una garantía o aval a favor de otra persona para garantizar determinados intereses o derechos, o asegurar el cumplimiento de una obligación.

4- Que insinúa el escritor cuando expresa que la igualdad de condiciones debe ser igual para todos los oferentes o competidores. En que debe existir una competencia limpia donde se elija la licitación que arroje mayores beneficios. Eliminando así el trafico de influencias donde no obtiene la licitación el mejor oferente, sino aquel que tenga mayores conocidos. También se elimina la corrupción. Ya que hay casos en que por otorgar licitaciones; el oferente debe entregar al que lo ayudo a conseguirla cierta cantidad de efectivo. En este caso se benefician los oferentes con altos recursos.
Por lo tanto el autor desea tratar de eliminar las condiciones que colocan en desventaja a unos de otros..

5- establezca diferencias entre licitación general, licitación selectiva y adjudicación directa.

a)licitación general:
Es un procedimiento global
Participan personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras

b)licitación selectiva:
Es un procedimiento de elección de contratistas
Participan contratistas previamente seleccionados, los cuales son invitados formalmente a presentar ofertas

c)adjudicación directa:
Es un procedimiento exclusionista
Participan solo el contratista seleccionado por el ente contratante.

6- Interprete la expresión “los contribuyentes están obligados al pago de los tributos y al cumplimiento de los deberes formales impuestos por este código o por normas tributarias. La expresión nos indica que todo contribuyente sujeto sea persona natural o jurídica esta obligado ante la ley a la cancelación de impuestos causados en el periodo correspondientes según los disponga el código orgánico tributario y otras leyes afines.Actualmente en Venezuela se aplican los siguientes impuestos: I.V.A, I.D.B, I.S.L.R, I.A.E, I.A.E.A, I.S.D.R.C, I.T.F, I.S.C.M.T, E.O.R.N.F.

7- Ilícito: es una acción que la persona viola las normas tributarias. Donde deja de cumplir el pago correspondiente al impuesto causado

8- quienes se consideran de acuerdo a la ley que incurre en un ilícito tributario:

a) Quienes incumplan los siguientes deberes formales:
1. Inscribirse en los registros exigidos por las normas tributarias respectivas.
2. Emitir o exigir comprobantes.
3. Llevar libros o registros contables o especiales.
4. Presentar declaraciones y comunicaciones.
5. Permitir el control de la Administración Tributaria.
6. Informar y comparecer ante la Administración Tributaria.
7. Acatar la órdenes de la Administración Tributaria, dictadas en uso de sus facultades legales, y
8. Cualquier otro contenido en este Código, en las leyes especiales, sus reglamentaciones o disposiciones generales de organismos competentes.

b) Quienes incumplan los deberes sobre especies fiscales y gravadas:
1. Ejercer la industria o importación de especies gravadas sin la debida autorización de la Administración Tributaria Nacional. (150 a 350 U.T.).
2. Comercializar o expender en el territorio nacional especies gravadas destinadas a la exportación o al consumo en zonas francas, puertos libres u otros territorios sometidos a régimen aduanero especial. (100 a 250 U.T.).
3. Expender especies fiscales, aunque sean de lícita circulación, sin autorización por parte de la Administración Tributaria. (50 a 150 U.T.).
4. Comercializar o expender especies gravadas, aunque sean de lícita circulación, sin autorización por parte de la Administración Tributaria. (50 a 150 U.T.).
5. Producir, comercializar o expender especies fiscales o gravadas sin haber renovado la autorización otorgada por la Administración Tributaria. (25 a 100 U.T.).
6. Efectuar sin la debida autorización, modificaciones o transformaciones capaces de alterar las características, índole o naturaleza de las industrias, establecimientos, negocios y expendios de especies gravadas. (25 a 100 U.T.).
7. Circular, comercializar, distribuir o expender de especies gravadas que no cumplan los requisitos legales para su elaboración o producción, así como aquellas de procedencia ilegal o estén adulteradas. (100 a 250 U.T.).
8. Comercializar o expender especies gravadas sin las guías u otros documentos de amparo previstos en la Ley, o que estén amparadas en guías o documentos falsos o alterados. (100 a 250 U.T.).
9. Circular especies gravadas que carezcan de etiquetas, marquillas, timbres, sellos, cápsulas, bandas u otros aditamentos o éstos sean falsos o hubiesen sido alterados en cualquier forma, o no hubiesen sido aprobados por la Administración Tributaria. (100 a 250 U.T.).
10. Expender especies gravadas a establecimientos o personas no autorizados para su comercialización o expendio. (100 a 300 U.T.).
11. Vender especies fiscales sin valor facial. (100 a 300 U.T.).
12. Ocultar, acaparar, o negar injustificadamente las planillas, los formatos, formularios o especies fiscales. (100 a 300 U.T.).

c) quienes incumplan lo siguientes deberes materiales:
1. El retraso u omisión en el pago de tributos o de sus porciones.
2. El retraso u omisión en el pago de anticipos.
3. El incumplimiento de la obligación de retener o percibir.
4. La obtención de devoluciones o reintegros indebidos.

9- Que le sucede al declarante que no entere las cantidades referidas a las oficinas de tributos? Será sancionado con una multa equivalente al 50% de lo tributo retenidos o percibidos, por cada mes de retraso en su interamiento hasta un máximo de 500% del monto de dicha cantidades sin perjuicio de la aplicación del interés monetario.

10- Quienes están exentos de responsabilidad por ilícitos tributarios?.

• El hecho de no haber cumplido 18 años
• La incapacidad mental debidamente comprobada
• El caso fortuito y la fuerza mayor
• El error de hecho y de derecho excusable
• La obediencia legitima y debida
• Cualquier otra circunstancia previstas en las leyes y aplicable a los ilícitos tributarios. De responsabilidad
• Sanción a coautores
• Sanción a los instigadores
• Sanción a los cooperadores
• Inhabilitación profesional
• Responsabilidad de las personas jurídicas
• Responsabilidad del representado
• El sujeto activo
• Zonas francas, puertos libre u otros territorios sometidos a régimen aduaneros especial.

11- ¿Porque los Tributos Forman Parte de la Economía del País?

En Venezuela se estableció que el sistema tributario establecerá la obligación de contribuir en atención a la capacidad económica del sujeto pasivo, por lo que los tributos no pueden ser calculados sobre una base proporcional sino atendiendo al principio de progresividad, el cual debe respetarse para que el estado pueda cumplir con la obligación de proteger la economía nacional y lograr un adecuado nivel de vida para el pueblo. El estado necesita de los tributos, para poder subsidiar los gastos públicos, pero esta claro que los distintos gobiernos a pesar de sus esfuerzos poco han logrado en su lucha contra la evasión fiscal. Es conveniente señalar que la evasión fiscal es un problema de cultura, y es responsabilidad fundamentalmente del gobierno crear esa cultura en los contribuyentes.

Con el pasar del tiempo los ingresos provenientes de los recursos petroleros se hicieron insuficientes y cambiantes para la Nación, por lo que le abre paso a una nueva búsqueda de financiamiento necesario para el logro de sus objetivos, que no son más que la de incrementar los ingresos estatales.
Por esta razón nace de manera indispensable para el Estado la exigencia del pago de los tributos, otorgándole un carácter obligatorio al mismo, debido a que tiene como finalidad lograr el bienestar colectivo, tanto generando una mejor protección económica como elevando el nivel de vida del país .





12- Diferencias Establecidas entre Tributos Municipales, Estadales y Nacionales.

a) Tributos Municipales: Tributos que el poder municipal Exige a los contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto publico.

b) Tributos Estadales: Tributos que el poder estadal exige a los contribuyentes en ejerció de su poder de imperio, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto publico.

c) Tributo Nacional: Tributos que el poder nacional exige a los contribuyentes en ejerció de su poder de imperio, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto publico.

13- Que es una contraprestación: Es un servicio o pago que una persona, institución o empresa hace a otra en correspondencia a lo que ha recibido o recibirá.

14- Cuales son las formas de tributo que se cancelan en al país: Los tributos pagados en el país son el impuesto sobre la renta (ISRL), el impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto al consumo (IC), el impuesto a la ganancia súbita (IGS), el impuesto municipal de industria, y también entra como impuesto las nóminas que son las que pagan los empleados y obreros que trabajan ya sea en empresas públicas y privadas.

15- Que es el registro de información fiscal: Es un registro destinado para el control del impuesto sobre la renta que toda persona natural o jurídica debe estar registrada al momento que desee comenzar una actividad comercial para así poder realizar sus declaraciones sobre las ganancias obtenidas siempre y cuando se encuentren dentro del país.